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Subsanación de errores sobre la nota de prensa de la Orden de Vedas CAM

Damos traslado de la subsanación de errores de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior

  /  Caza menor y becadas   


Viernes 27 de Junio de 2025

El pasado miércoles 25 de junio se recibió un correo electrónico de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, indicando las principales novedades de la Orden de Vedas para la temporada 2025/2026,  cuya información fue reflejada por la Federación Madrileña de Caza en la Nota de Prensa que publicó con núm. de registro 1422.S

En ese correo hay una errata, la cual pasamos a detallar

Donde dice:

3. Aguardos nocturnos al jabalí, podrán realizarse  todos los días de la semana en cotos:
- De superficie superior a 250 ha que lo tengan recogido en el plan de aprovechamiento cinegético, podrán realizarlos durante el periodo hábil previa comunicación.

Se aclara con lo siguiente:

3. Durante la época hábil en cotos privados de igual o más de 250 hectáreas que lo recojan en su Plan de Aprovechamiento Cinegético:

• En espera o aguardos nocturnos:  En cotos de caza menor: los jueves, sábados, domingos y festivos de la temporada hábil de caza menor y en los cotos de caza mayor todos los días del periodo hábil de caza mayor. Requiere de comunicación con al menos 15 días de antelación. Se autoriza el uso de fuentes luminosas artificiales (linternas y focos) para esta modalidad, pero queda prohibido el empleo de armas provistas de amplificador de visión para el disparo nocturno o dispositivos electrónicos de imagen.

Durante la época no hábil en cotos privados, de igual o más de 250 has, incluidos en las comarcas forestales 6, 7, 8, 9, 10, 11, 14, 15 y 16 que lo recojan en su Plan de Aprovechamiento Cinegético, todos los días de la semana en el período no hábil, mediante comunicación previa de 15 días de antelación al inicio de la actividad, indicando la zona donde se va a realizar. Permitiéndose con carácter general, el uso de arma de fuego y arco. 

Disculpen las molestias. 

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