Viernes 26 de Febrero de 2021
Tras la declaración oficial, el pasado 25 de
octubre, del nuevo Estado de Alarma con la publicación del Real
Decreto 926/2020, se establecía, primero, la limitación de la libre circulación
de las personas en horario nocturno, y en segundo lugar, la posibilidad de
limitar la entrada y salida de los territorios de las comunidades autónomas,
así como de ámbitos territoriales de carácter geográficamente inferior.
Estas limitaciones
afectan directamente a la caza y a los cazadores, principalmente a los que se
desplazan a otras comunidades, por lo que desde la RFEC y las Federaciones
Autonómicas de Caza se ha elaborado este resumen, que se irá actualizando a
medida que las distintas comunidades fijen oficialmente los horarios de
toque de queda, el cerramiento perimetral, o no, de su territorio y la
declaración, o no, de la actividad cinegética como actividad esencial en este
periodo de alarma, o cualquier otra información relevante para la actividad
cinegética.
ACLARACIONES PREVIAS
- El nuevo Estado de Alarma no
limita la movilidad entre municipios, provincias o comunidades, siempre
que estos no estén confinados.
- Mientras un Gobierno autonómico no
cierre perimetralmente su comunidad, el cazador puede circular libremente
entre comunidades, siempre respetando el resto de restricciones decretadas
por las CCAA y el Gobierno de España.
- Siempre que tu municipio de
residencia no esté confinado, puedes desplazarte a cazar a otro municipio,
provincia o comunidad que no esté confinado (durante el “toque de queda” no podrás hacerlo;
esto es, no está permitido salir antes de las 6:00 de la mañana para ir a
cazar ni regresar de cazar después de la hora fijada por la noche, por lo
que el cazador debe tener en cuenta los tiempos de traslado para
ajustarse a lo indicado en el horario de toque de queda).
- Los cazadores de
municipios confinados sólo podrán cazar dentro de su término
municipal y NO podrán ir a otros municipios para ir a cazar,
a no ser que se autorice expresamente.
- Durante el “toque de queda” no
puedes desplazarte a cazar (si
no puedes desplazarte respetando esta restricción, se
recomienda pernoctar en el lugar donde se vaya practicar la actividad
cinegética) ni puedes practicar la caza (como los aguardos nocturnos).
- La Real Federación Española de
Caza y las Federaciones Autonómicas de Caza llevamos mucho tiempo
solicitando al Gobierno de España, al Ministerio de Sanidad, al Ministerio
de Agricultura y a las Consejerías de cada comunidad que declaren
la caza como "actividad esencial" en el nuevo estado de alarma, para que esta
actividad fundamental no se vea restringida por la limitación de la
movilidad. En caso de producirse modificaciones o actualizaciones, iremos
informando.
SITUACIÓN POR
AUTONOMÍAS Actualizado a 26/02/2021
a las 11:48 horas
ANDALUCÍA
- Confinamiento
perimetral autonómico y provincial: SÍ, hasta el 27 de febrero.
Confinados varios municipios.
- Horario toque de
queda: de 22:00 a 6:00 horas.
- Caza declarada
actividad esencial: NO.
- --Municipios confinados:
sólo se puede cazar dentro del término. Todas las modalidades de caza.
- --A partir del 17 de
enero: se prohíben
las concentraciones de más de 4 personas (no convivientes) en
cualquier modalidad de caza. (Ver
aquí el análisis de cómo afectan a la caza las
nuevas restricciones dictadas por la Junta de Andalucía, elaborado
por la FAC).
1.- Municipios
NO CONFINADOS:
1.1. Caza menor: autorizada la movilidad
dentro de la provincia, siempre que los desplazamientos no se produzcan a
municipios confinados. No se puede acceder a municipos
cerrados perimetralmente.
1.2. Caza mayor: se permite
la movilidad en toda Andalucía para modalidades destinadas al control de
sobreabundancia de especies cinegéticas.
1.2.1. Dentro de la misma provincia:
se aplicará la normativa cinegética andaluza.
1.2.2. Hacia municipios de la misma provincia
que estén confinados o municipios de otras provincias: se aplican las
medidas indicadas en la Instrucción
de la DG de Medio Natural. Para el desplazamiento se
necesita un documento firmado por el titular del coto que
acredite la participación del cazador en la jornada concreta, así
como una declaración responsable de aceptación del protocolo frente a
Covid-19 enviado por el organizador, titular o responsable, para esa
acción en esa fecha concreta.
1.3.
Los cazadores podrán circular en horario
nocturno para acudir a actividades cinegéticas de control
poblacional por sobreabundancia de especies cinegéticas.
2.- Municipios CONFINADOS:
2.1. Caza menor: se permite
la caza dentro del término municipal.
2.2. Caza mayor: se permite la movilidad en toda
la comunidad para modalidades de control de sobreabundancia de especies
cinegéticas.
2.2.1. Para salir
del municipio confinado a otros municipios de la misma provincia o de
otras provincias: se aplican las medidas indicadas en la Instrucción
de la DG de Medio Natural. Para el desplazamiento se necesita un
documento firmado por el titular del coto que acredite la
participación del cazador en la jornada de caza concreta, así como una
declaración responsable de aceptación del protocolo frente a
Covid-19 enviado por el organizador, titular o responsable, para esa
acción en esa fecha concreta.
2.3. Los cazadores podrán circular en horario
nocturno para acudir a actividades
cinegéticas de control poblacional por
sobreabundancia de especies cinegéticas.
- --Se prorrogan hasta el 15 de
febrero, las medidas adoptadas (ver aquí la Instrucción
de la DG de Medio Natural).
- La Federación Andaluza de Caza ha
vuelto a solicitar a la Junta de Andalucía que flexibilizar la movilidad
de los cazadores para practicar la caza de perdiz con reclamo (ampliar
aquí la información).
ARAGÓN
- Confinamiento
perimetral autonómico y provincial:
SÍ hasta el 5 de marzo o nueva orden. Confinados varios municipios.
- Horario toque de queda: de 22:00 a
6:00 horas.
- Caza declarada actividad esencial:
NO.
- SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD
CINEGÉTICA:
- --Municipios y provincias no
confinados: permitidos desplazamientos para cazar (a zonas no
confinadas) por toda la comunidad.
- --Municipios confinados: los
cazadores, residentes, sólo pueden cazar dentro del término.
- --Permitidos los
deplazamientos para el control de poblaciones de
conejo, jabalí, corzo, ciervo y cabra montés. Ver
condiciones y documentación necesaria, aquí.
ASTURIAS (PRINCIPADO
DE)
- Confinamiento perimetral autonómico:
SÍ. Confinados varios concejos y municipios.
- Horario toque de queda: de 22:00 a 6:00 horas. Desde el jueves 14
de enero y por 14 días, el inicio del toque de queda se adelanta una hora,
por lo que será de 22.00 a 6.00.
- Caza declarada actividad
esencial: sí, para el caso del confinamiento de las ciudades de Oviedo,
Gijón y Avilés (ver
circular, aquí).
- SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD
CINEGÉTICA:
- --Municipios no
confinados: permitidos desplazamientos para cazar (a zonas no
confinadas) por toda la comunidad.
- --Municipios confinados: los
cazadores SÍ pueden salir de estos tres núcleos
urbanos confinados para cazar.
CANTABRIA
- Confinamiento perimetral autonómico: SÍ.
- Horario toque de queda: de 22:00 a
6:00 h.
- Caza declarada actividad esencial:
NO.
- SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA:
- --Permitida la
movilidad para desplazarse a cazar por toda Cantabria.
- --NO se puede ir a
cazar fuera de la autonomía.
CANARIAS
- Confinamiento perimetral autonómico:
SÍ, la restricción de entrada no será aplicable a aquellos pasajeros que
se sometan al control sanitario. Restricción de entrada y
salida de las islas de Gran Canaria y Lanzarote.
- Horario toque de queda: de 22:00 a
06:00 h.
- Caza declarada actividad esencial:
NO.
- SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD
CINEGÉTICA:
- --Permitidos desplazamientos para
cazar por toda la comunidad.
CASTILLA-LA MANCHA
- Confinamiento
perimetral autonómico: SÍ (con algunos municipios confinados).
- Horario toque de
queda: desde el 18 de enero, de 22:00 a 7:00 horas.
- Caza declarada actividad necesaria: SÍ (enlace
al DOCM, aquí) (suspendida
esta declaración temporalmente).
- SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA:
- --Declara
"actividad necesaria" (enlace
al DOCM, aquí) la
caza para el control de la sobreabundancia de poblaciones de jabalí,
ciervo, corzo, cabra montés, gamo, muflón y arruí, así
como para conejo (exclusivamente en municipios de la
comarca de emergencia cinegética por Resolución
de 17/04/2020). Aclaraciones
de la FCCM, en este enlace.
- --Enlace
a protocolo COVID de la JCCM para la práctica de la caza (actualizado
a 27 de noviembre).
- Se amplía la declaración de emergencia cinegética temporal por
daños de conejo de monte hasta el 31 de marzo: ver
aquí la resolución.
- Día 12 de febreo, se levanta la
suspensión temporal de la Resolución de 26/11/2020, por la que se declara la caza de diversas especies
como actividad necesaria (ver
nueva resolución aquí).
- Desde el 12 de febrero, a las
07:00 h. entrará en vigor la flexibilidad de cazadores para control de
poblaciones por sobreabudancia, en las condiciones de la Resolución de la
Dirección General de Medio natural de fecha 26/11/2020 (DOCM de
27/11/2020).
Modalidades permitidas y condicionantes:
a) Para cazadores residentes en Castilla-La Mancha,
que cacen dentro de la región: Todas las modalidades y especies
tanto de caza mayor como menor, que actualmente estén en periodo de
desveda y que estén autorizadas en el plan de ordenación cinegética del
coto o comarca de emergencia cinegética del conejo.
Respecto de la modalidad de reclamo se permite el movimiento entre
municipios, pero no la venida de cazadores de fuera de la región.
b) Para cazadores de fuera de la región que vengan a
cazar a Castilla-La Mancha:
1º) Que su Comunidad de residencia permita la salida de su perímetro.
2º) Sólo se les permite la actividad cinegética por control de
sobreabundancia: incluyendo todas las modalidades de caza mayor
contempladas en su Plan de ordenación cinegética. Respecto de
la caza menor, únicamente se permite la caza de conejo únicamente
en aquellos cotos incluidos dentro de la declaración de comarca de
emergencia cinegética, ampliada hasta el 31/03/2021, y conforme a los
métodos autorizados en dicha orden.
3º) Tendrán que contar con el documento expedido por el titular del coto
u organizador, que indique la fecha de la cacería, número de coto,
modalidad a practicar y que se le autoriza a realizar tal control al
amparo de la citada Resolución.
Otras medidas que se deben observar:
1.- Cumplimiento del protocolo COVID-19, para cacerías en Castilla-La
Mancha.
2.- En el desplazamiento no se permiten acompañantes.
- Se AMPLÍA EL PERIODO
HÁBIL de ciertas modalidades de caza (ver
aquí Orden 15/2021).
-Zorro se podrá cazar hasta el día 28 de febrero en
modalidades de caza mayor.
-Ciervo, gamo y muflón, del 8 de octubre al 28 de febrero.
-Jabalí: periodo general, del 8 de octubre al 28 de febrero.
Perioso especial, mediante aguardos o esperas en horario nocturno, según
POC aprobado, del 1 de marzo al 7 de octubre.
-Corzo macho: 1 de septiembre al 30 de septiembre y 1 de abril a
31 de julio. Se amplía de forma excepcional del 1 al 16 de agosto. En
rececho, aguardo o espera en horario diurno. Autorizadas hembras si se
contempla en el POC.
-Corzo hembra: 1 de diciembre a 28 de febrero, según POC.
-Cabra montés: 15 de noviembre a 15 de enero. Macho y hembra si se
contempla en el POC.
- Ver aquí documento
de la JCCM sobre preguntas y respuestas más frecuentes sobre la actividad cinegética durante el estado de
alarma (actualizado a 11-02-2020).
CASTILLA Y LEÓN
- Confinamiento
perimetral autonómico: SÍ, hasta el 9 de mayo.
- Horario toque de
queda: de 22:00 a 6:00 h.
- Caza declarada actividad esencial:
NO.
- SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA:
- --Municipios confinados: los
cazadores, residentes, sólo pueden cazar dentro del término.
- --Enlace a 'Recomendaciones
y medidas a adoptar en modalidades colectivas para prevenir el contagio
de COVID-19' (JCYL).
- --La limitación de
cierre perimetral y de territorios de CyL (ver
nota de la JCyL) no se aplica para todas las modalidades
de caza practicadas sobre especies cinegéticas causantes de daños: jabalí,
ciervo, conejo y corzo, tanto para el ejercicio de la caza en
las modalidades aprobadas en el plan cinegético como para la realización
de acciones de control poblacional.
- --No se aplica la limitación de horario nocturno
para la modalidad de espera/aguardo nocturno al
jabalí (siempre que esta modalidad figure en la resolución del
PC y su titular haya comunicado a Medio Ambiente a través de este
trámite).
- --No se aplica la
limitación de cierre perimetral y de territorios de
Castilla y León para todas las acciones de control
poblacional de jabalí, ciervo, conejo y corzo (siempre que
se estén autorizadas por Medio Ambiente a través del este
trámite).
- --Para detalles
de acreditaciones de los cazadores, enlazar a "Caza:
movilidad, cierres preirmetral y de territorios durante el nivel 4" en la web de la JCyL.
CATALUÑA
- Confinamiento
perimetral: Sí. Confinamiento
municipal: SÍ.
- Horario toque de
queda: de 22:00 a 6:00 horas.
- Caza declarada
actividad esencial: NO.
- SITUACIÓN DE LA
ACTIVIDAD CINEGÉTICA:
- Autorizada la caza
menor individual del conejo, para cazadores no residentes en
la zona confinada, en el caso de actuaciones excepcionales por
daños a la agricultura (condiciones
y aclaraciones de la FCC, aquí) en varias zonas del Urgell, Pla d'Urgell, el Segrià, la
Segarra, la Noguera y Garrigues (Lleida). Ver resolución
en este enlace.
- Se suspende la actividad
cinegética de caza mayor en la modalidad de batida durante
los sábados y domingos en los siguientes espacios
naturales: Parque de la Serralada Litoral, Parque
de la Serralada de Marina, Parque Natural de la Serra
de Collserola y Parque Natural del Massís de Sant
Llorenç del Munt i Serra de l'Obac. La duración de
esta medida permanecerá en vigor mientras dure el confinamiento municipal
o comarcal (ver
aquí la Resolución INT/274/2021).
- La Federación Catalana de Caza (ver
nota, aquí) recuerda
que las actuaciones de caza individuales y colectivas (tanto
de caza menor como mayor) durante todas los
días de la semana sólo se podrán llevar a cabo dentro de la
comarca de residencia del cazador, a excepción de las
batidas de jabalí y las incluidas dentro de autorizaciones
excepcionales por daños (como las de conejo por daños aprobadas
recientemente para diferentes zonas de Lleida), sin perjuicio de las
limitaciones del toque de queda -horario nocturno- y la suspensión de
batidas de caza de jabalí en los espacios naturales antes
mencionados.
CEUTA (CIUDAD AUTÓNOMA DE)
- Confinamiento perimetral: SÍ.
- Horario toque de queda: de 22:00 a 6:00
horas.
- Caza declarada actividad esencial: NO.
- SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA: permitidos
los desplazamientos para cazar por todo el territorio.
COMUNIDAD DE MADRID
- Confinamiento perimetral autonómico: NO. Confinadas diversas
zonas básicas de salud y localidades.
- Horario toque de queda: de 23:00 a 6:00 horas.
- Caza declarada actividad esencial: NO.
- SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA:
- --Municipios no
confinados: permitidos desplazamientos para cazar (a zonas no
confinadas) por toda la comunidad.
- --Municipios
confinados: los cazadores, residentes, sólo pueden cazar dentro del
término.
- --Los cazadores que
residen en zonas no confinadas y cacen fuera de la Comunidad de
Madrid, deberán contar con un certificado oficial
cumplimentado y firmado por el titular del terreno cinegético u
organizador de la cacería, otorgado por sobreabundancia de especies
cinegéticas, o sobre especies causantes de daños. Si en las
comunidades destino, la caza es considerada esencial o necesaria,
como sucede en Castilla-La Mancha o Castilla y León, bien por
sobreabundancia de especies cinegéticas o por daños causados por las
mismas, el cazador madrileño podrá salir y entrar de Madrid,
siempre y cuando, tal y como se marca en la normativa, realice
la actividad cinegética por situación de necesidad debidamente acreditada (más
información, aquí).
- --Enlace
a protocolo COVID para la práctica de la caza (de la CAM)
- --Consulta,
aquí, las preguntas más frecuentes en materia de caza ante la situación
provocada por COVID-19 (web de la CAM).
- --Los cazadores federados podrán
entrar y salir de las zonas de contención sanitaria para acudir a
entrenar en las instalaciones de tiro, arco, field target y
agility, de cara a las competiciones oficiales que tendrán lugar
en 2021 (consultar
aquí la circulas de la FMC).
COMUNIDAD VALENCIANA (actualizado)
- Confinamiento perimetral autonómico: SÍ hasta el 1 de
marzo. Cierre perimetral de municipios de más de 50.000 habitantes
durante los fines de semana y festivos.
- Horario toque de queda: de 22:00 a 6:00 horas.
- Caza declarada actividad esencial: NO.
- SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA:
- --A partir del 21
de enero
1.- La FCCV está realizando intensas gestiones para que las esperas
nocturnas o en el caso de animales que causen daños se
autorice su práctica de manera extraordinaria. Por el momento, y hasta
nuevo pronunciamiento de las autoridades, no se puede cazar entre
las 22:00 y las 06:00 horas. (información
de la FCCV, aquí).
2.- Suspendidas todas las competiciones autonómicas,
provinciales y locales.
3.- Cierre de campos de tiro, galerías de tiro e
instalaciones de agility.
- La Federación de Caza de la
Comunidad Valenciana ha pedido solicitado formalmente a Conselleria
que se amplíen la temporada de caza mayor, al menos un mes más (ampliar
aquí esta información).
- A partir del 26 de
febrero, se permiten las esperas nocturnas dentro del toque de
queda. Más información de la FCCV, aquí.
EXTREMADURA
- Confinamiento perimetral
autonómico: NO. Limitación perimetral de otras unidades territoriales: NO.
- Horario toque de queda: de
22:00 a 6:00 horas.
- Caza declarada actividad esencial: NO.
- SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA:
- --Desde el 14
al 20 de enero: se prohíbe la entrada de cazadores ajenos al
municipio y la salida de cazadores para practicar la caza en otros
municipios y se “desaconsejan” los desplazamientos. No existe una
prohibición expresa de la actividad cinegética. Los cazadores
residentes podrán practicarla en su municipio de residencia. Se
pueden realizar desplazamientos desde municipios aislados perimetralmente
a otros para practicar la actividad cinegética de carácter profesional,
esto es, si la persona que se desplace acredita el cumplimiento de
una obligación laboral, profesional o empresarial. Además, si se trata de
cazadores procedentes de otras comunidades o localidades que no tienen
restringida la salida para cazar, podrían trasladarse a un municipio
extremeño, cazar sin salir de él y después marcharse. (Más
información de FEDEXCAZA, aquí)
- --A partir del 12 de febrero:
se levantan las medidas establecidas para la movilidad entre términos
municipales y se retoma la actividad cinegética en los municipios
sin aislamiento perimetral. En los municipios con
alislamiento perimetral, está permita la entrada y salida para cazar,
estando permitido cazar de forma individual.
--Se amplía el periodo hábil de sueltas en puesto
fijo hasta el 21 de marzo, y en intensivos de menor, la perdiz en ojeo, al
salto o en mano y suelta para abatimiento inmediato, se prolonga hasta
el 18 de abril. Las batidas de jabalí se amplían hasta el 14
de marzo (ver
Resolución de/2021).
GALICIA
- Confinamiento
perimetral autonómico: SÍ. Todos los municipios cerrados desde el 27
de enero. Excepción a la movilidad: caza colectiva de las
especies cinegéticas de jabalí y del lobo.
- Horario toque de queda: 22:00 a 6:00 horas.
- Caza declarada actividad esencial: NO.
- SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA:
- --Del 27 de
enero al 17 de febrero de 2021:
1. Las excepciones a
las restricciones a la entrada y salida de personas de los espacios
territoriales , así como a las restricciones a la permanencia de grupos
de personas en los espacios públicos son acciones de caza
colectiva realizadas exclusivamente en especies de caza de jabalí y lobo,
en los siguientes casos:
- Acciones de caza
de jabalí de acuerdo con la planificación aprobada para la
temporada de caza 2020/2021 en los planes anuales de caza de los
tecores, y acciones específicamente autorizadas en tierras de régimen de
caza común.
- Acciones de caza con
motivo de daños a la agricultura o ganadería ocasionados por jabalíes
y/o lobos, previa verificación por la sede territorial del ministerio
responsable del medio ambiente.
- Acciones de caza
como consecuencia de repetidos accidentes de tráfico graves en el mismo
punto kilométrico.
2. Se suspenden las competiciones deportivas de
nivel autónomo.
3.- Se permite la
caza de zorros, arces y agachadizas, durante el plazo establecido en la
Orden de Prohibiciones, siempre que dicha actividad esté prevista en el CAP de
la sociedad cinegética aprobada por la Administración, respetando las
restricciones de entrada y salida en determinadas áreas territoriales, debiéndose
realizar de manera individual (salvo en el caso de
convivientes) y respetar el toque de queda entre las 22:00 h. y 6:00 p.m.
En el caso de la caza
del zorro, en ningún caso se podrán formar grupos de personas que
no convivan ni tener contacto físico entre sí. En cualquier caso, en
la organización de la caza tanto el Jefe de la Caza como los participantes
(salvo en el caso de convivientes) a organizar pueden hacerlo a través de la
estación, teléfono móvil, WhatsApp, etc.
Más información en
este acceso directo a la página web de la FGC.
ISLAS BALEARES
- Confinamiento perimetral autonómico: NO. Restricción de
entrada y salida de Formentera e Ibiza.
- Horario toque de queda: de 22:00 a 6:00 horas en todas
las islas.
- Caza declarada actividad esencial: NO.
- SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA:
- --Municipios no
confinados: permitidos desplazamientos para cazar (a zonas no
confinadas) por toda la comunidad.
- --Municipios confinados: los
cazadores no federados sólo pueden cazar dentro del término. Los
cazadores federados sí pueden moverse de un municipio a otro.
LA RIOJA
- Confinamiento perimetral
autonómico: SÍ. A partir
del 22 de febrero se levanta el cierre perimetral municipal.
- Horario toque de queda: de 23:00 a 5:00 horas, a partir
del 22 de febrero.
- Caza declarada actividad esencial: NO.
- SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA:
- --El Gobierno de La Rioja ha
incluido a la caza como "actividad no esencial",
por lo que NO se podrá cazar desde este viernes
(incluido) 22 de enero (ver
BOR, aquí).
- --A partir del 22 de
febrero vuelve a permitirse la actividad cinegética en La Rioja,
en todas sus modalidades.
-Se deberá mantener la distancia interpersonal de 1,5
metros, y utilizar mascarilla.
-Si la actividad implica más de un cazador, el organizador o responsable
de la cacería deberá disponer de un plan de actuación con
las medidas de prevención e higiene. El contenido de dicho plan deberá
difundirse entre los participantes y se adjuntará a la solicitud de
autorización de cacería.
-Grupos máximo de 6 personas.
-No se compartirán utensilios de caza ni accesorios de comida
o bebida.
MELILLA (CIUDAD AUTÓNOMA DE)
- Confinamiento perimetral: SÍ.
- Horario toque de queda: de 22:00 a 6:00
horas.
NAVARRA
- Confinamiento perimetral autonómico: SÍ.
- Horario toque de queda: de 23:00 a 6:00
horas.
- Caza declarada actividad esencial: NO.
- SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA:
- --Municipios no
confinados: permitidos desplazamientos para cazar (a zonas no
confinadas) por toda la comunidad.
- --Municipios confinados: los
cazadores, residentes, sólo pueden cazar dentro del término.
PAÍS VASCO
- Confinamiento perimetral autonómico: SÍ.
Limitada la entrada y salida de personas de cada término del municipio en
que tengan fijada su residencia, excepto para la realización de
actividades socioeconómicas y deportivas al aire libre entre municipios
colindantes.
- Horario toque de queda: de 22:00 a 6:00 horas.
- Caza declarada actividad esencial: NO.
- SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA:
- --Municipios confinados:
permitida la caza dentro de los límites municipales y permitidos los
desplazamientos para cazar en municipios colindantes.
- --En Vizcaya (con
permiso específico de la
Diputación) permiten desplazarse por toda la provincia a batidas
de jabalí (más
información, aquí).
- --Guipúzcoa: declara como "actividad
necesaria" la caza de jabalí y corzo en la
provincia y, por tanto, permite la movilidad de los cazadores para
la caza de estas especies (ver
condiciones, aquí).
- --Álava: declara la caza
del jabalí como "actividad
necesaria", permitiendo la movilidad de los cazadores
autorizados (con permiso específico de la Diputación). Más
información, aquí.
REGIÓN DE MURCIA
- Confinamiento autonómico: SÍ. Confinamiento
perimetral de algunos municipios.
- Horario toque de queda: de 22:00 a 6:00
horas.
- Caza declarada actividad esencial: NO.
Aunque la Consejería de Salud de la CARM sí interpreta como esencial las
acciones de caza para el control de daños
causados por sobrepoblación de especies cinegéticas.
- SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA:
- --Sólo puede
practicarse dentro de los límites municipales. Todas las
modalidades. (Más
detalles, aquí).
- --Desde el 23 de noviembre quedan permitidos
los desplazamientos entre municipios y la entrada y salida de la
Región de Murcia para la realización de las modalidades de caza que
controlen la sobreabundancia de conejo, jabalí, cabra montés, ciervo,
muflón y arruí en
terrenos cinegéticos. De igual forma, se podrá realizar el control de
estas especies en terrenos no cinegéticos previa autorización del Cuerpo
de Agentes Medioambientales (más
información, aquí).
--Desde
el sábado 9 de enero, en los municipios de: Murcia, Cartagena,
Lorca, Molina de Segura, Abanilla, Fortuna, Ricote, Jumilla, Moratalla, La
Unión, Lorquí, Mula, Villanueva del Río Segura, Albudeite, Santomera, Yecla,
Los Alcázares, San Pedro del Pinatar, Las Torres de Cotillas, Alguazas, Cieza y
Ceutí, se establecen medidas de confinamiento perimetral municipal.
En los citados municipios, para contribuir a la reducción de daños en la
agricultura, ganadería, biodiversidad y seguridad vial, se permiten los
desplazamientos entre municipios para la realización de las modalidades de caza
que controlen la sobreabundancia de conejo, jabalí, cabra montés, ciervo,
muflón y arruí en los terrenos cinegéticos. Aclaraciones
de la Federación de Caza de Murcia, aquí.
Etiquetas
movilidad,estado de alarma,restricciones,comunidades autónomas