En los cotos privados de caza, con superficie igual o superior a 250 hectáreas, podrán cazarse, el estornino pinto, la urraca, la grajilla, la corneja, la codorniz y el zorro, los jueves, sábados, domingos y festivos nacionales y autonómicos en la Comunidad de Madrid comprendidos entre el día 15 de agosto y el 15 de septiembre, ambos incluidos.
Pero la paloma torcaz (imagen derecha) y paloma bravía (imagen izquierda) se podrán cazar desde el 21 de agosto al 15 de septiembre, los jueves, sábados, domingos y festivos nacionales y autonómicos en la Comunidad de Madrid.
Para la tórtola común se establece una cuota cero de capturas. Recibidas las conclusiones operativas del grupo de trabajo de gestión adaptativa de la tórtola europea de la D.G. de Medio Ambiente de la Comisión Europea y de la D.G. de Desarrollo Rural y Política Forestal del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación y mientras se aprueba un plan de gestión adaptativa para la especie en todo el territorio español, de manera análoga a otras Comunidades Autónomas, no se permite su caza esta temporada.
No podrá superarse el cupo total de 10 ejemplares de codorniz por cazador y día. No existe limitación de número de ejemplares para las demás especies.
Consulte la documentación oficial:
Orden 991/2022 de 21 de abril, publicada en el BOCM núm. 104 el 03/05/2022
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